La compañía Nestlé España S.A.U. (en adelante NESTLÉ) domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona) en C/ Clara Campoamor, 2 y con NIF: A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional denominada “SUPERMAN 2025”.
Esta promoción está sujeta a las siguientes:
BASES
1. OBJETO DE LA PROMOCIÓN
Incentivar la compra de los cereales CHOCAPIC 375g y 625g; LION 400g y 675g; NESQUIK 375g y 625g y ESTRELLITAS 270g y 450g, por parte del consumidor final y aumentar, por consecuente, las ventas de los mismos.
2. PRODUCTOS PARTICIPANTES EN LA PROMOCIÓN
Podrán participar en la promoción los consumidores que hayan adquirido estuches de cereales identificados con esta promoción, comercializados o distribuidos en España por NESTLÉ, de las variedades y formatos siguientes:
· CHOCAPIC 375g y 625g
· LION 400g y 675g
· NESQUIK 375g y 625g
· ESTRELLITAS 270g y 450g
El participante deberá conservar el ticket de compra original, ya que, para poder recibir el premio, NESTLÉ podrá requerir el ticket de compra original del producto con el que hubiera resultado agraciado, debiendo dicho ticket ser de fecha y hora anterior al momento de participación y coincidir con los datos registrados. En caso contrario, el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
3. ÁMBITO TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN
El plazo de participación de la promoción se iniciará el 2 de junio de 2025 y finalizará el 31 de julio de 2025.
4. ÁMBITO TERRITORIAL
El ámbito de la promoción es todo el territorio español.
5. ÁMBITO PERSONAL DE LA PROMOCIÓN
Podrán participar en la promoción “Superman 2025” todas aquellas personas mayores de edad, que residan en algún punto del territorio estatal de España, accedan a la página web de la promoción www.nestle-cereals.com/es/superman, suministren los datos y completen adecuadamente todos los formularios, con sujeción a estas condiciones. Quedan excluidos de la participación en esta promoción los empleados de NESTLÉ y las personas directamente vinculadas con la organización, protocolización y gestión de la promoción.
Asimismo, quedan excluidos de la promoción los intermediarios, revendedores, titulares o colaboradores de establecimientos en los que se comercializan los productos participantes en la promoción.
6. PREMIOS
Se adjudicarán los siguientes premios:
· Un total de 18 premios asignados mediante momento ganador (2 premios por semana) consistentes cada uno en una entrada cuádruple de tarifa general máxima de 61,90€ al Parque Warner de Madrid (Parque Warner | Tu parque temático en Madrid). En este caso, los ganadores recibirán un código de manera digital, que posteriormente podrán canjear en la Web de Parque Warner para obtener las entradas de manera gratuita. No hace falta estar registrado para poder canjear el código.
· Premio directo: En el caso de no obtener un premio por momento ganador, el participante podrá recibir un descuento de un 35% online para la compra de una entrada de tarifa general máxima de 61,90€ para él y hasta un máximo de 3 acompañantes para el parque Warner de Madrid. En este caso, deberá hacer click sobre el botón de la landing page de cereales Nestlé, que le redirigirá a la landing page explicativa del parque Warner (parquewarner.com/promociones/cereales-nestle), donde deberá introducir su correo electrónico en el que desea recibir el código de descuento para realizar la compra posteriormente.
En el canjeo de los códigos de la entrada cuádruple o descuento, el ganador deberá tener en cuenta lo siguiente:
· No aplica en los días con tarifa especial de 29,90€
· Deberá consultar los descuentos y días en los que aplica la promoción antes de su visita.
· El descuento online no es válido para el mismo día de la visita.
· Válido para una única compra en web.
· Está prohibida su venta.
· No aplicable a otros tipos de entradas.
· No es acumulable a otras ofertas y/o promociones.
· No es reembolsable por su valor económico.
· Es necesario que consulte el calendario, horarios de apertura y normas del parque.
· Parque Warner Madrid se reserva el derecho de cancelar o modificar esta promoción en cualquier momento sin previo aviso.
· Parking no incluido.
· Promoción no aplicable a entradas de 2º día consecutivo y no consecutivo.
· Descuento no válido para Parque Warner Beach.
· No válido para los días 31 de octubre y 1 de noviembre de 2025.
· Válido hasta fin de temporada 2025 (según días oficiales de apertura).
Los premios no incluyen más que lo mencionado anteriormente.
La promoción está limitada a un máximo de 1 premio por persona (Si se obtiene una entrada cuádruple al Parque Warner, esto excluye de poder disfrutar del premio asegurado, y viceversa).
NESTLÉ no se responsabiliza por el uso del premio que el agraciado pueda realizar.
En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico, ni por otro premio distinto, ni éste podrá ser cedido a terceras personas a petición del ganador.
Nestlé se reserva el derecho a sustituir cualquiera de los premios por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.
7. DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN
La difusión de la promoción se realizará a través de los medios siguientes:
· Webs: www.nestle-cereals.com/es/superman y otras webs y redes sociales de NESTLÉ.
· Materiales Punto de venta.
· En el propio Packaging.
· Newsletter o RRSS Nestlé
8. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
La participación en esta promoción se llevará a cabo en la página web: www.nestle-cereals.com/es/superman. Para poder participar el consumidor deberá comprar un estuche CHOCAPIC, LION, NESQUIK o ESTRELLITAS, de los indicados en el apartado 2 de las presentes bases, y conservar el ticket de compra.
Los participantes deberán introducir en la página web la siguiente información:
· Los datos personales de contacto requeridos (nombre, apellidos, e-mail y teléfono). El participante deberá proporcionar a Nestlé, al participar en la promoción, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales.
· Subir una imagen del ticket de compra.
Para que el ticket sea válido, deberá cumplir las siguientes condiciones:
• La fecha de compra del ticket deberá estar dentro del periodo promocional anteriormente indicado.
• La imagen del ticket de compra deberá ser totalmente legible, siendo totalmente identificables los datos relativos al número de ticket, el establecimiento, la fecha y hora de emisión, así como el producto adquirido.
• El ticket no debe haber sido utilizado previamente. Cada ticket podrá utilizarse sólo una vez en esta promoción.
• Cada ticket de compra podrá ser utilizado por un único participante y solo permitirá una participación en la promoción independientemente del número de estuches adquiridos, siendo el mínimo para participar de uno (1). Los tickets que ya hayan sido introducidos anteriormente no serán válidos.
Una vez haya proporcionado la información solicitada, el sistema comprobará si su participación coincide con un "momento ganador".
Al instante, mediante un mensaje en pantalla, el consumidor sabrá si ha resultado premiado o no de una entrada cuádruple.
En el caso de resultar ganador del premio otorgado por el momento ganador, durante los siguientes 15 días, NESTLÉ contactará con el consumidor para validar que cumple los requisitos de la promoción, solicitándole confirmación de la información facilitada en el registro. Asimismo, Nestlé podrá requerirle el ticket de compra original del producto adquirido con el que resultó premiado. Deberá distinguirse con claridad el establecimiento, la fecha y hora, así como el producto promocional adquirido y registrado. Una vez validada la participación, se tramitará el envío del premio del momento ganador. Si no fuera validada, NESTLÉ contactará con el ganador para indicar la incidencia. En el caso de que NESTLÉ no recibiera la información solicitada en el plazo indicado, se considerará que el premiado renuncia al premio y NESTLÉ procederá a contactar con el reserva correspondiente.
En el caso de no resultar premiado de un premio otorgado por momento ganador, podrá obtener el premio del descuento de 35%. Para ello, deberán clicar sobre el botón que les aparezca en pantalla y que les conducirá a una landing page donde podrán introducir su correo electrónico para que les llegue el código de descuento directamente.
Nestlé se reserva el derecho a requerir información adicional, ya se acreditativa de la identidad del participante ya sea para realizar las comprobaciones que crea necesarias en cada caso para verificar y validar su participación.
9. ASIGNACIÓN DE LOS PREMIOS OTORGADOS MEDIANTE MOMENTO GANADOR
Los premios de las entrada cuádruples se adjudicarán mediante la mecánica de "momento ganador".
La mecánica de momento ganador consiste en establecer un mes, día, hora, minuto y segundo concreto de todos los posibles durante la promoción e introducirlos en el servidor automático. Se definirán 18 momentos ganadores. (2 a la semana, durante 9 semanas del 2 de junio al 31 de julio).
Cada participación vía registro en la web será capturada por el servidor automático mes, día, hora, minuto y segundo concretos, por lo que el programa informático comprobará si la participación ha coincidido con alguno de los "Momentos Ganadores" depositados ante Notario. En caso de no coincidir ninguna participación con un "Momento Ganador", éste quedará abierto hasta que entre la siguiente participación vía registro en la web. En el caso de no entrar más participaciones, el premio quedará desierto y a disposición de NESTLÉ.
Los "momentos ganadores" establecidos para los premios están especificados en el acta protocolizada ante el mismo notario de Barcelona, en un acta correlativa a la actual.
En el supuesto de que un ganador renuncie al premio, no sea localizable por causas ajenas a Nestlé o no cumpla con alguna de las condiciones indicadas en las presentes bases, dicho premio se asignará al reserva. El reserva corresponderá a la posición inmediatamente posterior a la ganadora.
NESTLÉ se reserva el derecho de que los premios queden desiertos, en el caso de que cualquier participante agraciado o reserva no cumpla los requisitos citados en estas bases o renuncie al mismo.
NESTLÉ declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
El horario de participación en la promoción es de 24h ininterrumpidas de lunes a domingo.
10. LIMITACIONES A LA PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La promoción está limitada a una participación por persona.
Todo participante o agraciado en la promoción tendrá un plazo máximo para reclamar su premio, en caso de no haberlo recibido, de dos meses desde la finalización de la promoción, pasado dicho plazo perderá todo derecho de reclamación.
11. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE DE LA PROMOCIÓN
La presente promoción pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ese motivo, NESTLÉ excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
1. Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado.
2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.
4. No disponer, o no entregar a NESTLÉ los tickets de compra originales con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción.
5. Facilitar datos o documentos sospechosos, inconsistentes, inciertos, falseados, ambiguos, confusos, no verificables, de difícil o imposible comprobación y/o trazabilidad, que correspondan a depósitos o entidades situadas fuera del territorio nacional o no rastreables, incongruentes, controvertibles, o que pudieran relacionarse con actividades ilícitas, secretas, subversivas o de dudosa ética o moralidad, cuestionables u oscuras, o información cuya autenticidad, validez, legitimidad, eficacia o procedencia ofrezca dudas razonables que no sean resueltas en tiempo y forma
6. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
7. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
8. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a NESTLÉ a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que las irregularidades se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, NESTLÉ se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
12. FISCALIDAD
A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
13. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLE estime más convenientes.
Los datos de carácter personal que faciliten los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
Dichos datos personales serán tratados únicamente para gestionar la promoción y, en particular, para entregarles el premio, basándonos en su consentimiento al participar en la promoción. Una vez entregado el premio, eliminaremos sus datos de nuestros sistemas. El responsable de dichos datos es Nestlé España, S.A.U., pudiendo dar acceso a los encargados de tratamiento de esta promoción y, si fuese necesario, a autoridades públicas.
14. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación, en esta promoción implica por sí misma la aceptación de las presentes bases.